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Transferencias Interbancarias

La CMAC CUCO S.A. es miembro de la Cámara de Compensación Electrónica y podrás realizar transferencias interbancarias y canje de cheques.

TRANSFERENCIAS ORDINARIAS

Es un servicio que permite a un cliente de la CMAC Cusco S.A. enviar o recibir dinero de una cuenta de terceros o del mismo titular que pudiera mantener en cualquier banco a nivel nacional. Las transferencias pueden realizarse en cualquiera de nuestras agencias.

Deben llenar el siguiente formato (Descargar PDF)

PAGO DE REMUNERACIONES

Son operaciones que permiten al empleador realizar el pago de haberes o remuneraciones a sus trabajadores mediante una transferencia interbancaria.
Para realizar el pago de haberes, se debe tener en cuenta lo siguiente: Si las cuentas del empleador y del empleado están en diferentes entidades financieras, el empleador solicitará al empleado el CCI (Código de Cuenta Interbancario) de su cuenta de pago de haberes en la otra entidad financiera para proceder al pago.

El empleador no necesita tener o abrir cuentas en cada entidad financiera donde sus empleados tengan cuenta, les puede pagar desde su propia entidad financiera mediante una transferencia interbancaria.

El empleador debe llenar el sgte formato y presentarlo en ventanilla:

DNI

Nombre Titular

CCI

Importe

Categoria

41580928

CASTILLA BACA GLORIA

00701189565411227202

1,500.00

4

41762691

ARAGON BOCANGEL DANIEL

00399647016979486560

1,500.00

5

43558784

CUBA MENDOZA ARMANDO

00983430020562651935

1,000.00

4

PAGO DE CTS

Son operaciones que permiten al empleador, realizar el pago de CTS a sus trabajadores, mediante una transferencia interbancaria.

El empleador debe llenar el sgte formato y presentarlo en ventanilla:

DNI

Nombre Titular

CCI

Importe

Periodo

Cuatro Sueldos

41580928

CAMPOS SALAS EDUARDO

00701189565411227202

3,000.00

2

5,000.00

41762691

SANTOS LUNA CAROL

00399647016979486560

1,500.00

2

4,900.00

43558784

SOTO PUMA LIZ

00983430020562651935

1,000.00

1

4,500.00

PAGO A PROVEEDORES

Son operaciones que permiten a un cliente de la CMAC CUSCO S.A. realizar el pago de facturas a sus proveedores en otra entidad financiera a nivel nacional, indicando el CCI de la cuenta.

Deben llenar el siguiente formato (Descargar PDF)

PAGO DE TARJETAS DE CRÉDITO DE OTROS BANCOS

Son operaciones que permiten a las personas naturales y jurídicas (clientes o no clientes) realizar el pago de tarjetas de crédito de otros Bancos mediante una transferencia interbancaria.
El cliente podrá realizar el pago de la cuota mensual, el pago total de la deuda o cualquier otro monto de su tarjeta de crédito.

Requisitos para realizar el Pago de Tarjeta:
Para realizar el pago de la tarjeta de crédito, a través de la CMAC Cusco S.A., el cliente:

  • Debe indicar el número de la tarjeta.
  • El nombre de la entidad emisora.
  • El monto que debe pagar.
  • La moneda en la que realizará el pago

MUY IMPORTANTE: Por cualquier monto a pagar el cliente debe adicionar S/ 1.00 ó US $ 0.30

¿De qué Bancos puedo pagar la Tarjeta de Crédito?
Se aceptan los pagos de todas las tarjetas que emitan los sgtes Bancos:

1.- BCP (Excepto la Tarjeta que tiene la denominacion impresa "NARANJA")

2.-Interbank

3.- Citibank

4.- Scotiabank

5.- Continental

6.- Banco de Comercio

7.- Banco Financiero del Perú

8.- Ban Bif

9.- Mi Banco

10.- HSBC o GNB

11.- Banco Falabella

Deben llenar el siguiente formato (Descargar PDF)

BENEFICIOS

  • Seguridad, no tienes que transportar dinero.
  • Practicidad, no hace falta que seas cliente de la CMAC CUSCO S.A. para realizar una transferencia.
  • Rapidez, disponibilidad inmediata de la transferencia recibida.

ENTIDADES QUE FORMAN PARTE DE LA CCE

Entidades que forman parte de la Cámara de Compensación Electrónica (CCE)

Las empresas financieras que participan en la Compensación Electrónica son: (considerar esta lista)

  • Banco de Crédito del Perú
  • Banco Internacional del Perú INTERBANK
  • Citibank del Perú S.A.
  • Scotiabank Perú S.A.A.
  • BBVA Perú
  • Banco de la Nación.
  • Banco de Comercio.
  • Banco Pichincha
  • Banco Interamericano de Finanzas.
  • CrediScotia Financiera S.A.
  • Mi Banco
  • Banco GNB.
  • Banco Falabella.
  • Banco Ripley Perú
  • Banco Santander
  • Banco Azteca.
  • Banco ICBC
  • Compartamos Financiera
  • Financiera QAPAQ
  • Financiera Confianza
  • Caja Metropolitana
  • Caja Municipal de Ahorro y Crédito Piura S.A.
  • Caja Municipal de Ahorro y Crédito Trujillo S.A
  • Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa
  • Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana
  • Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco
  • Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo
  • Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica
  • Caja Municipal de Ahorro y Crédito Maynas
  • Caja Municipal de Ahorro y Crédito Tacna
  • Bank of China
  • Financiera OH

HORARIOS PARA REALIZAR TRANSFERENCIAS INTERBANCARIAS

TURNO INTERMEDIO (TRI)

Transferencias registradas desde las 19:00 pm (Día D-1) a 12:00 pm (Día D) serán abonadas hasta las 14:45 pm (Día D)

TURNO MAÑANA (TRM)

Transferencias registradas desde las 12:01 pm (Día D) a 14:30 pm (Día D) serán abonadas hasta las 16:45 pm (Día D))

TURNO TARDE (TRT)

Transferencias registradas desde las 14:31 pm (Día D) a 19:00 pm (Día D) serán abonadas hasta las 09:30 am (Día D+1)

LÍMITES

  • El monto mínimo por transferencia vía CCE es s/ 5.00 ó US$ 5.00
  • El monto máximo por transferencia vía CCE es s/ 420,000.00 ó US$ 75,000.00
  • El canje de los cheques no tiene límite establecido.

¿QUÉ ES EL CÓDIGO DE CUENTA INTERBANCARIO?

  • Es el código que identifica, de manera única, a una cuenta en todo el sistema financiero del Perú. El CCI sólo sirve para recibir fondos y no es utilizado para retiros.
  • Cada cuenta de ahorros, cuenta corriente o similar ya tiene asignado un CCI de 20 dígitos que la identifica en forma única y segura.
¿Como obtener el CCI?

TARIFARIOS

Este servicio está sujeto al cobro de comisiones determinado en nuestro “Tarifario CCE”, en caso de devolución o rechazo de la operación realizada por error en el envío de información, no se reembolsa el importe de las comisiones cobradas.

 

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“La empresa tiene la obligación de difundir información de conformidad con la Ley Nº 28587 y el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, aprobado con Resolución SBS N° 3274-2017 y modificaciones”.