Seguro Multiriesgo para Créditos Hipotecarios Fines de Vivienda

SEGURO MULTIRIESGO PARA CREDITOS HIPOTECARIOS FINES DE VIVIENDA

DESCRIPCIÓN DEL SEGURO

MATERIA DEL SEGURO: Inmuebles con giro de negocio casa habitación materia del programa de Créditos Hipotecarios de CMAC CUSCO bajo los programas MI VIVIENDA y de créditos hipotecarios directos (Casa Fácil o productos similares):

  • Casa habitación (excluyendo el Valor del Terreno) materia de las garantías.
  • Departamentos de uso residencial en Edificios

SUMA ASEGURADA

Casa Habitación: Hasta el 100% del valor declarado de reconstrucción de los predios asegurados.

Departamento Hasta el 100% del valor Comercial del departamento de uso resindencial en edificios.

VALOR DECLARADO

Casa: El valor declarado corresponderá el valor de reconstrucción de dicho bien inmueble, el mismo que ha sido fijado en la tasación realizada sobre el mismo.

Departamento: El valor declarado corresponderá al valor comercial del departamento de uso

residencial en edificios, el mismo que ha sido fijado en la tasación realizada sobre el mismo.

VIGENCIA MENSUAL

La vigencia mensual se renueva automáticamente y de manera sucesiva hasta el plazo máximo del crédito otorgado o hasta la cancelación anticipada del mismo. Asimismo, este certificado se mantendrá vigente en tanto el contrato de comercialización suscrito por RIMAC y el CONTRATANTE se mantenga vigente.

TASA MENSUAL

La Prima mensual del Seguro de Multiriesgo para créditos hipotecarios con fines de vivienda, será la resultante de aplicar la Tasa Comercial total sobre el Valor Declarado del bien asegurado, el cual garantiza la operación de crédito. La prima neta será determinada por las declaraciones mensuales que efectué el contratante.

Tasa Comercial Total: 0.3500 % o (Por mil)

 

COBERTURA DE SEGURO

COBERTURAS DEL SEGURO LÍMITE ASEGURADO
Todo Riesgo de Incendio Hasta el 100% del valor de reconstrucción o valor comercial,
sin exceder los US$ 5,000,000 o S/17,500,000

PÓLIZA

EXCLUSIONES

PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTRO

La Caja Cusco aceptará endosos de pólizas que deben estar suscritos por los funcionarios autorizados del asegurador, y por el tomador o contratante del seguro.

En los endosos se deberá hacer referencia, como mínimo, a la póliza de seguro a la que corresponde, indicando el número del endoso, fecha de emisión y de vigencia, nombre completo o denominación o razón social del tomador o contratante del seguro y/o del asegurado, extra primas, de ser el caso, y la designación como beneficiario a la Caja Cusco.